Cuadro de Tarifas junto con las Cuentas del CNA
CUADRO DE TARIFAS
Proceso de Acreditación
Descripción |
Costo |
Ingreso de solicitud y evaluación preliminar (Inicial, Ampliación, Renovación): |
B/. 250.00 |
Resolución (Inicial, Renovación, Ampliación): |
B/. 500.00 |
Anualidad (Contrato): |
B/. 500.00 |
Validaciones de acreditación: |
B/. 100.00 |
Nota: Dichos montos deben ser efectuados a la cuenta No. 010000075673, del Consejo Nacional de Acreditación en el Banco Nacional de Panamá, una vez sea autorizado.
Honorarios de evaluadores (Extranjeros y Nacionales)
Descripción |
Costo |
Evaluador líder: |
B/. 250.00 |
Evaluador técnico: |
B/. 300.00 |
Experto técnico: |
B/. 200.00 |
Evaluador: |
B/. 150.00 |
Nota 1: Dichos montos deben ser efectuados a la cuenta No. 010000075664, del Consejo Nacional de Acreditación en el Banco Nacional de Panamá, según lo expuesto en la propuesta económica realizada por el CNA una vez sea autorizado.
Nota 2: Si un OEC en su proceso de acreditación llega a una tercera revisión el equipo evaluador implicado en la revisión cuenta con un honorario de cien balboas con 00/100 (B/.100.00).
Viáticos
Descripción |
Costo |
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Pago de viáticos para los evaluadores nacionales (evaluaciones en el interior del país) o extranjeros (evaluaciones en la capital o en el interior del país): |
Alimentación |
B/.30.00 |
Transporte |
B/. 20.00 |
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Alojamiento |
B/. 100.00 |
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Gastos de pasaje aéreo: |
Depende del país de procedencia (extranjeros) y del lugar dónde se realice la evaluación (nacionales y/o extranjeros). |
Multas
Descripción |
Costo |
Cuando no proporcionen al CNA, en forma oportunidad (tiempo establecido) y de forma completa los informes que les sean requeridos respecto a su funcionamiento y operación (esto también se aplica para tratar las declaraciones incorrectas o no autorizadas de la condición de acreditado, o el uso engañoso o no autorizado del símbolo de acreditación): |
B/. 1,000.00 |
Cuando se impidan u obstaculicen las funciones de supervisión y vigilancia: |
B/. 2,500.00 |
Cuando reiteradamente incumplan con los antes expuesto: |
B/. 5,000.00 |
*En cumplimiento al artículo 111 del numeral 3, de la Ley 23 de 15 de julio de 1997.
PUNTOS QUE CONSIDERAR
- El pago de los viáticos a los miembros del equipo evaluador puede ser efectuado a través de acuerdo mutuo (OEC y evaluadores), es decir, si se acogen a la medida que el OEC cubra los gastos vinculados a los viáticos de forma parcial o total sin acogerse a la tarifa.
- Cuando las evaluaciones son llevadas a cabo en la provincia de Chiriquí o Bocas del Toro, el OEC debe cubrir el pasaje aéreo para los nacionales y/o extranjeros.